La universidad por medio de un comunicado fechado el 22/07/09 informa que se suspenden las actividades hasta el dia 2 de Agosto. Esta medida es tomada para reducir la propagacion de la pandemia Inluenza A (H1 N1).
LA RECTORA
DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
AD - REFERENDUM DEL CONSEJO SUPERIOR
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Disponer la prórroga de la suspensión hasta el día 2 de agosto inclusive de las actividades académicas de grado y pregrado que impliquen la asistencia de alumnos, autorizando a los Sres. Decanos, Secretarios, Presidente del CIUNSa y Directores de Sedes Orán y Tartagal y Directores de Institutos de Educación Media de Salta y Tartagal, a desarrollar aquellas actividades que resulten imprescindibles en el marco de compromisos previos.
ARTICULO 2º.- Solicitar la suspensión del dictado de clases de nivel preuniversitario y de grado así como los turnos de exámenes y parciales programados en el período establecido en el artículo 1º, los cuales deberán ser reprogramados por cada unidad académica.
ARTICULO 3º.- Mantener la suspensión hasta el 2 de agosto de las actividades culturales programadas en el Centro Cultural Dr. Holver Martínez Borelli, el que permanecerá abierto para consultas y actividades administrativas.
ARTICULO 4º.- Dejar establecido que el Jardín Materno Infantil no recibirá niños hasta la fecha antes mencionada, manteniendo las actividades administrativas correspondientes.
ARTICULO 5º.- Dejar debidamente establecido que los agentes en condiciones de riesgo (embarazadas, inmunosuprimidos, etc) y aquellos que teniendo hijos menores de catorce años bajo su cuidado deberán solicitar la correspondiente licencia, de acuerdo a las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación.
ARTICULO 6º.- Solicitar a la comunidad universitaria que continúe con el acatamiento a las recomendaciones sanitarias que son de público conocimiento, contribuyendo con ello a reducir las posibilidades de contagio.
Stella Pérez de Bianchi
Rectora
DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
AD - REFERENDUM DEL CONSEJO SUPERIOR
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Disponer la prórroga de la suspensión hasta el día 2 de agosto inclusive de las actividades académicas de grado y pregrado que impliquen la asistencia de alumnos, autorizando a los Sres. Decanos, Secretarios, Presidente del CIUNSa y Directores de Sedes Orán y Tartagal y Directores de Institutos de Educación Media de Salta y Tartagal, a desarrollar aquellas actividades que resulten imprescindibles en el marco de compromisos previos.
ARTICULO 2º.- Solicitar la suspensión del dictado de clases de nivel preuniversitario y de grado así como los turnos de exámenes y parciales programados en el período establecido en el artículo 1º, los cuales deberán ser reprogramados por cada unidad académica.
ARTICULO 3º.- Mantener la suspensión hasta el 2 de agosto de las actividades culturales programadas en el Centro Cultural Dr. Holver Martínez Borelli, el que permanecerá abierto para consultas y actividades administrativas.
ARTICULO 4º.- Dejar establecido que el Jardín Materno Infantil no recibirá niños hasta la fecha antes mencionada, manteniendo las actividades administrativas correspondientes.
ARTICULO 5º.- Dejar debidamente establecido que los agentes en condiciones de riesgo (embarazadas, inmunosuprimidos, etc) y aquellos que teniendo hijos menores de catorce años bajo su cuidado deberán solicitar la correspondiente licencia, de acuerdo a las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación.
ARTICULO 6º.- Solicitar a la comunidad universitaria que continúe con el acatamiento a las recomendaciones sanitarias que son de público conocimiento, contribuyendo con ello a reducir las posibilidades de contagio.
Stella Pérez de Bianchi
Rectora
Expte. 24.784/08
2 comentarios:
EL INICIO DE CLASES ES EL ESTABLECIDO? EL 11 DE AGOSTO?? O TAMBIEN CAMBIAAA?????
Aclaramos duda en otra entrada. gracias
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