martes, 14 de abril de 2009

MAÑANA MIERCOLES 15 ELECCIONES DE CONSEJO DIRECTIVO Y CONSEJO SUPERIOR

QUÉ ES EL CONSEJO DIRECTIVO
Y EL CONSEJO SUPERIOR?
¿CONSEJEROS ESTUDIANTILES?


¿Cuántas veces nos hemos topado con carteles llamando a elecciones? Y ¿cuántas de esas veces no hemos participado por desconocimiento o también por desinterés?
Es importante que sepamos que la conducción y gobierno de la Universidad también la hacemos nosotros y participando ejercemos nuestro derecho al CO-GOBIERNO ESTUDIANTIL.
Veamos qué plantea el Estatuto de la UNSa (2006 aún vigente) y verifiquemos la necesariedad de la presencia estudiantil:

TITULO V: DEL GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD
Capítulo I: Disposiciones Generales.
Artículo 89: La conducción y el gobierno de la Universidad se integran en un sistema de división de funciones, propendiendo al cumplimiento de sus fines y objetivos. Sobre la base de esta concepción se organiza mediante cuerpos colegiados y unipersonales.
Artículo 90: Constituyen el gobierno de la Universidad:
  • La Asamblea Universitaria
  • El Consejo Superior
  • El Rector
  • Los Consejos Directivos
  • Los Decanos

Capítulo III: Del Consejo Superior.
Artículo 96: El Consejo Superior está integrado por:
Los Decanos.
1 Profesor por Facultad.
3 Auxiliares Docentes por la Universidad.
2 Graduados por la Universidad.
1 Estudiante por cada Facultad.1 (uno) representante del Personal de Apoyo Universitario por la Universidad.
Algunos de los deberes y atribuciones del Consejo Superior:

  • Ratificar los planes de estudios aprobados por cada Facultad, de acuerdo a sus características y necesidades específicas y las reglas generales de reválidas de títulos de grado extranjeros.
  • Crear, suprimir o modificar -en sesión especial convocada al efecto y con el voto de los dos tercios de los miembros presentes- las carreras universitarias de grado y posgrado, a propuesta de las Facultades
  • Establecer el régimen general de estudiantes de la Universidad.
  • Aprobar los regímenes de equivalencias de los estudios.
  • Aprobar el presupuesto anual de la Universidad y sus modificaciones.
  • Aprobar anualmente las cuentas de inversión presentadas por el Rectorado, las Facultades y el Consejo de Investigación.
  • Decidir sobre la creación, supresión o unificación de Establecimientos Preuniversitarios.
  • Establecer el régimen de acceso, permanencia y ascenso del personal de apoyo universitario de la Universidad (PAU) y los regímenes derivados de la Carrera Académica.


CAPÍTULO II: DEL CONSEJO DIRECTIVO
Artículo 108: El Consejo Directivo es la autoridad máxima de la Facultad; establece las políticas académicas y ejerce el control.
Artículo 109: El Consejo Directivo está integrado por:

  • 6 (representantes por los profesores.
  • 3 representantes por los auxiliares de la docencia.
  • 5 representantes por los estudiantes.
  • 1 representante por los graduados.
  • 1 representante por el personal de apoyo universitario.


Algunos de los deberes y atribuciones del Consejo Directivo:

  • Aprobar los proyectos de planes de estudio de las carreras de grado y posgrado y sus modificaciones y elevarlos al Consejo Superior para su ratificación.
  • Aprobar las condiciones específicas de ingreso a las distintas carreras de su jurisdicción, de acuerdo con las normas generales fijadas en el Estatuto.
  • Aprobar los programas analíticos y la reglamentación sobre régimen de regularidad y promoción propuesta por los módulos académicos.
  • Reglamentar en particular e instrumentar la Carrera Académica de acuerdo a la norma general dictada por el Consejo Superior.
  • Aprobar los programas analíticos y la reglamentación sobre régimen de regularidad y promoción propuesta por los módulos académicos.
  • Aprobar el llamado a concurso, nombrar los Jurados correspondientes y designar a los Auxiliares Docentes Regulares.
  • Proponer al Consejo Superior la aprobación de llamados a concurso, la integración de los Jurados correspondientes, y la designación de Profesores Regulares.
  • Reglamentar el régimen de expedición de títulos.
  • Requerir y evaluar el informe anual del Decano sobre la labor realizada, el estado de la enseñanza, las necesidades de la Institución, el cumplimiento de los docentes, el rendimiento académico de los estudiantes, las actividades de investigación, con fines de planeamiento y desarrollo de la Facultad.
  • Aprobar la distribución interna del presupuesto anual asignado a la Facultad.
  • Presentar al Rectorado el proyecto de presupuesto anual de la Facultad;
    · entre otros


EL CONSEJERO ESTUDIANTIL:
Artículo 165: Para ser elegido Consejero representante de estudiantes, se debe pertenecer al padrón de una Facultad, ser alumno regular con una antigüedad mínima de un año y no mayor a ocho años en la carrera y tener aprobado el 40% (cuarenta por ciento) de la totalidad de asignaturas que integran el plan de estudios de la carrera que cursa.
Artículo 166: La elección de los Consejeros representantes del estamento de estudiantes, tanto a los Consejos Directivos de las Facultades como al Consejo Superior, se realiza por padrones de Facultades y en un mismo acto electoral.

Como parte de la cotidianeidad universitaria que somos, podemos hablar de que en nosotros existe cierto distanciamiento de los estudiantes en la participación de la vida en la universidad. Alrededor de esta visión se genera una sensación de que nuestras condiciones socio-históricas-económicas y culturales han conducido a que en algunos casos, el estudiante desarrolle un compromiso individual, sujeto por diferentes convicciones, lo que lo lleva a economizar su tiempo dentro del espacio universitario, a limitarse a su estudio como si este fuese ajeno a la realidad. Es alarmante como la relación estudiante-sociedad se quiebra de a poco y por distintas razones el joven hace menos uso de su derecho a participar.
Lo planteado representa una preocupación, ya que la persona que asiste no solo es un educando, es un protagonista de su propia Institución y debe serlo de los cambios que acontezcan en su medio, por lo tanto su palabra también es muy importante.
En estas elecciones 2009 el frente estudiantil Todo un Palo, que lleva adelante la conducción del Centro Único de Estudiantes de Humanidades se presenta por primera vez a una elección de Consejo Superior y Directivo para defender una política estudiantil acorde a nuestras necesidades.


ANTES QUE NADA, queremos que vos formes parte de esto, acercate y conocé las diferentes propuestas y de esta forma poder gerenerar una participación conciente.

Consejo Superior:
titular: María Gárate
suplente: Guadalupe Blasco

Consejo Directivo:
Guadalupe Blasco
Andrea Reynaga
Miryam Pagano
Emanuel Tapia
Hiliana Vargas
Cecilia Alvarez


TODO UN PALO

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Chicos...

Podrían informarnos si los Profesores de "Comunicación Popular y Aternativa", de "Teoría y práctica de TV" se adhieren al paro de docentes?

Muchas gracias

Anónimo dijo...

Ah... tenemos entendido que el paro es de 72 horas, y en ese caso tendremos clases el JUEVES y el VIERNES?

Materias de CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN:

* TEORÍA Y ÉTICA DE LA LESGILACIÓN
* ANTROPOLOGÍA ECONÓMICA
* SEMIÓTICA AUDIOVISUAL

Muchas gracias, nuevamente.